TEMA 3: FORMAS JURIDICAS DE LA EMPRESA
INTRODUCCION
TIPOS DE EMPRESAS SEGÚN SU FORMA DE
JURIDICA
Ø EMPRESA INDIVIDUAL
Ø SOCIEDADES MERCANTILES
PERSONALISTAS
ü
COLECTIVAS
ü
COMANDITARIAS
CAPITALISTAS
ü
LIMITADA
ü
ANONIMA
Ø SOCIEDADES DE ECONOMIA SOCIAL
COOPERATIVAS
LABORALES
1. EMPRESARIO INDIVIDUAL
Es toda aquella persona física mayor de edad o menor
emancipado con capacidad legal que ejerce una actividad empresarial de forma habitual. Actúan en nombre propio y con responsabilidad personal e ilimitada.
Este empresario tendrá como tributación principal sobre su actividad el IRPF y debería darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos)
VENTAJAS E INCOVENIENTES DE UN EMPRESARIO INDIVIDUAL
VENTAJAS
|
INCOVENIENTES
|
Control total sobre la empresa
|
Responsabilidad personal ilimitada ante los posibles acreedores (te
embargan todo tu patrimonio)
|
No es preciso aportar capital mínimo
|
Forma jurídica poco propicia para el crecimiento de la empresa
|
Sencillez en los tramites de creación
|
|
2. SOCIEDADES PERSONALISTAS
Se denominan personalistas porque
distinguen entre tipos de socios; y
se caracterizan porque los socios responsables de la gestión tienen responsabilidad ilimitada.
2.1. SOCIEDADES COLECTIVAS
Se caracterizan por:
Dos tipos de socios:
ü
COLECTIVOS:
aportan capital a la empresa; se
hacen cargo de la gestión y de su
responsabilidad es ilimitada.
ü
INDUSTRIALES:
aportan trabajo a la sociedad y no tienen responsabilidad frente a los
acreedores.
Guardería: Luis (Colectivo) aporta capital. No tiene
estudios
2º TSEI (industriales). Trabajan con estudios
Todos los socios deben de darse de alta en el RETA
Debe iniciarse al menos con 2 socios (uno colectivo y uno industrial )
El nombre de la sociedad será el nombre y
apellidos de uno de los socios, acompañado de la expresión “ Y COMPAÑÍA” o “Y CIA”
2.2. SOCIEDAD COMANDITARIA
Es un tipo de sociedad colectiva
pero con una gran diferencia. En la comanditaria no hay socios industriales que aporten trabajo sino solo socios capitalistas que aportan
capital.
Hay 2 tipos de socios:
ü
COLECTIVOS:
aportan capital, se encargan de la gestión y tienen responsabilidad ilimitada.
ü
COMANDITARIOS:
solo aportan capital y su
responsabilidad se limita a la
aportación. Tampoco tienen responsabilidades de gestión.
La sociedad comanditaria además prevé dos modalidades de sociedad.
ü
SIMPLE:
Seria como la LIMITADA con las diferencias señaladas en los tipos de socios.
ü
POR
ACCIONES: se asimilaría jurídicamente mas a una sociedad Anónima
El nombre de la sociedad comanditaria es libre
añadiendo una de las siguientes características:
ü
Sociedad comanditaria
ü
Sociedad en comandita
ü
S.Com
3. SOCIEDADES CAPITALISTAS
Las sociedades capitalistas son
aquellas que tienen por objeto realizar operaciones económicas con fines lucrativos. El capital está
dividido en parte alícuotas (igual
valor o igual cuota) que pueden ser objeto de venta. Presentan además las
siguientes características:
La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado
Deben constituirse como persona jurídica en escritura publica
La capacidad
de control y decisión de los socios es proporcional
al capital aportado
Se pueden limitar por ley el número de socios y el capital
Se deben de dar de alta en el registro mercantil
Su tributación principal es el impuesto sobre sociedades
3.1. SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Es una sociedad mercantil en la
que el capital social está repartido en participaciones de igual valor e
integrado por las aportaciones de los socios.
Las notas definitorias de las
sociedades de responsabilidad limitada
son:
Los socios tienen una responsabilidad limitada a su aportación ante deudas de la empresa
La constitución de la sociedad requieren un
capital mínimo de 3005,06
La tributación principal es el impuesto sobre sociedades
No existe limite mínimo, ni máximo de socios
para su funcionamiento, pero para la creación debe ser al menos 2 socios
El principal órgano de gestión es la junta general de socios y en ellas
están todos los socios y se toman las decisiones por mayoría en función del
porcentaje de participación.
El nombre de la sociedad es libre pero debe
incluir las siglas SL o SRL
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA (SLNE)
Es el producto de una ley de Abril del 2003 con el objetivo de posibilitar la
creación de microempresas y de facilitar a muchos trabajadores autónomos la
adopción de una forma jurídica mucho más ventajosa para sus negocios
Es una sociedad limitada peculiar que mantiene las ventajas de las
sociedades de responsabilidad limitada y trata de eliminar los inconvenientes
de la dificultad de tramitación en la constitución y puesta en marcha. Su
desarrollo se basa en 3 pilares:
Para la creación no hay mínimos de socio pero si
un máximo de 5 y además nunca podrá tener un capital superior a
120.000 euros.
Se pone en funcionamiento en EL CENTRO DE INFORMACION Y RED DE CREACION
DE EMPRESAS (CIRCE), que presta servicios a los emprendedores en la
creación de empresas y en los primeros años de puesta en marcha. Su herramienta
más importante es el Documento Único
Electrónico (DUE) que es un documento que se gestiona por medios
telemáticos y que nos permite con una gran sencillez documental crear una nueva
empresa y ponerla en marcha en 48 horas.
Aplicación de un modelo de contabilidad simplificada
3.2. SOCIEDADES ANONIMAS
Es aquella sociedad mercantil
cuyos titulares lo son en virtud de la participación en el capital social de la
empresa mediante acciones, que son partes alícuotas
(iguales cuotas) del capital de la sociedad anónima. El número de acciones que
una persona posea de una sociedad anónima determina su participación en los
beneficios y su capacidad de control
Las notas definitorias de la sociedad anónima son:
Las acciones son de transmisión libre y existe
un mercado especifico para ellas: las bolsas de valores
La responsabilidad de los socios se limita al valor de sus acciones
Para su creación se requiere un capital social
mínimo de 60101,21 euros
Su tributación principal es el impuesto sobre sociedades
En las acciones se distinguen 3 tipos de valores:
ü
NOMINAL:
Es el que figura en el titulo y representa que parte o porcentaje del capital
social implica esa acción
ü
DE
COTIZACION: representa el precio por el que se compra o vende una acción en
el mercado de valores
ü
TEORICO:
se calcula el valor real de la empresa y se divide por el nº de acciones.
El nombre de las sociedades anónimas es libre
pero debe de ir acompañado de las siglas
SA (CLESA, RUMASA)
4. SOCIEDADES DE ECONOMIA SOCIAL
4.1. SOCIEDADES LABORALES
Se entiende por sociedad laboral
aquella sociedad anónima o limitada donde la mayoría del capital es propiedad de trabajadores de la empresa.
Las notas definitorias de la sociedad laborales son:
La mayoría del capital es la propiedad de los
trabajadores por lo tanto hay 2 tipos de
socios: trabajadores y capitalistas
(que poseen acciones o participaciones
pero no son trabajadores).
Los trabajadores asalariados no socios no pueden ocupar más del 25% del tiempo
de trabajo total del empresa
Ningún
socio puede tener más del 33% del capital social. Por lo tanto el nº mínimo
de socios es de 3, de los cuales son 2
trabajadores.
Las exigencias mínimas del capital son de 3005,06 euros si es Sociedad Limitada laboral y 60101,21 si es Sociedad Anónima
Laboral
El nombre es libre pero debe ir acompañado de
las siglas SLL si es limitada o SAL si
es anónima
4.2. SOCIEDADES COOPERATIVAS
Son sociedades constituidas por personas que se asocian en régimen de libre
adhesión y baja voluntaria para desarrollar cualquier tipo de actividad que
tengan en común. Puede haber cooperativas de cualquier tipo de actividad, las más
frecuentes son de consumo, de
producción, de enseñanza, agrarias, sanitarias, de seguros, de créditos, etc.
Cualquier actividad económica lícita
podrá ser organizada y desarrollada
mediante una cooperativa
Las características principales
que las definen son:
En las cooperativas coexisten 3 tipos de personajess:
ü
SOCIOS:
aportan capital y trabajo
ü
ADHERIDOS:
solo aportan capital y no pueden ser
más del 33% de los socios
ü
ASALARIADOS:
son trabajadores contratados por la
cooperativa y no pueden ser más del 10%
de los socios.
Las decisiones se toman en órganos colegiados (por ley tienen que ser varios y se toman las
decisiones por mayoría), formado por los socios. Los principales son:
ü
ASAMBLEA
GENERAL: Esta formada por todos los socios cooperativistas y es el máximo órgano decisor. Se toman las
decisiones por mayoría (un socio un voto)
ü
CONSEJO
RECTOR: lo elige la asamblea
entre los socios y son los responsables de la gestión en el día a día
ü
INTERVENCION:
su función es controlar las cuentas
de la cooperativa.
ü
COMITÉ DE
RECURSOS: se encarga de atender las quejas
o reclamaciones de los cooperativistas
Existen varios
tipos de cooperativas:
ü
1º GRADO:
son cooperativas en las que todos los
socios son personas físicas. Se exige un numero mínimo de 3 socios para poder constituirla
ü
2º GRADO:
los socios son cooperativas de 1º GRADO
(es una cooperativa de cooperativas) y se exige un mínimo de 2 socios (2 cooperativas de primer grado) para poder
constituirla.
No hay
exigencia de capital mínimo para constituir una cooperativa
La tributación principal de las cooperativas es
el impuesto sobre sociedades
El nombre es libre acompañado por las
expresiones “sociedad cooperativa” o “S.
Coop”.
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