TEMA 4: Puesta en marcha de una empresa
1. LA TOMA DE
DECISIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA
La decisión que debe tomar un empresario a la hora de poner en marcha
su empresa se agrupa en dos grandes bloques:
1. DECISIONES ESTRUCTURALES: Son las que tienen que ser con las
funciones básicas de la empresa por lo que también se denominan FUNCIONALES o DE
ESTRATEGIA.
·
Elección
del nombre y la forma jurídica
·
Localización
y ubicación de la empresa
·
Método de
financiación
·
Desarrollo
del aprovisionamiento
·
Sistemas
de producción
·
Política
comercial
2. DECISIONES ORGANIZATIVAS:
Tienen que ver siempre con el ámbito de la gestión de la empresa. Son las
decisiones necesarias para desarrollar las decisiones estratégicas, por lo
tanto también se llaman decisiones OPERATIVAS. Las más importantes son:
·
Elección
e implantación del tipo de organización. Estructura organizativa u
organigrama.
·
Organización
de un sistema de administración y control
·
La
política de recursos humanos.
2.
EL PLAN DE EMPRESA
Es
el documento que identifica, describe y analiza una oportunidad de negocio,
examina la viabilidad técnica, económica y financiera de la misma y desarrolla
todos los procedimientos y estrategias necesarios para convertir dicha
oportunidad de negocio en un proyecto empresarial concreto.
Como
se puede desprender de la definición, el objeto fundamental del plan de empresa
es analizar todas las variables que intervienen en el desarrollo de una
oportunidad de negocio la elaboración del plan de empresa es libre, por lo tanto,
cada emprendedor podrá estructurarlo y redactarlo como le parezca más útil y conveniente,
pero hay que tener en cuenta que es imprescindible a la hora de poder acceder a
ciertas fuentes de financiación ajenas como puede ser las subvenciones o los préstamos
o créditos. El documento del plan de empresas a pesar de esta libertad debe
presentar las siguientes características:
-
Debe ser atractivo
-
Debe ser ordenado, es decir, debe presentar
una estructura coherente en la que se puede localizar fácilmente cualquier
apartado
-
Ser comprensible, esto implica que el lenguaje
utilizado debe ser sencillo y claro.
-
Debe ser riguroso lo cual conlleva que la
información que contiene debe ser relevante y actualizada.
-
Debe ser
realista, lo que implica que los objetivos que se planteen tienen que
ser alcanzables con los recursos de los que se dispone.
2. 1. CONTENIDO DEL
PLAN DE EMPRESA
Como ya se señaló la estructuración es libre, sin embargo si debe
contener unos requisitos de información mínimos que deben contener. Estos
requisitos se concretan en los siguientes grandes apartados o suplanes:
ü
PLAN DE
PUESTA EN MARCHA ,deben
aparecer las decisiones a tomar sobre
las tres funciones estratégicas u organizativas
-
Forma
jurídica de la empresa, se debe indicar cuál es, identificar los
propietarios y los estatus de la sociedad.
-
Localización,
se debe indicar cuál es la localización de la empresa y los motivos e criterios
por los que se decide, esa localización.
-
Inversión-financiación,
se indican las inversiones necesarias para la puesta en marchar (instalaciones,
maquinaria, gastos de inicio de funcionamiento…) y el medio mediante el cual
vamos a financiar estas inversiones(créditos)
ü Plan
de operaciones: En este documento se incluyen las decisiones
estratégicas sobre el aprovisionamiento y la producción. Los más importantes
son las determinadas de la función logística
de la empresa y elegir el sistema o modo de producción y adecuado.
ü Plan
de marketing: Se incluyen en él todas las políticas de marketing,
hay un concepto que es el marketing mix que indica que en el marketing se
trabaja sobre cuatro variables fundamentales:
-
Producto:
Se incluyen las medidas que tome sobre mi producto, servicio de cara a su
posterior venta.
-
Precio:
Se debe indicar cuáles son mis políticas de precio (si voy ofrecer o no algún
tipo de descuento, rebajas, varios servicios…)
-
Distribución:
se refiere a la forma de hacer llegar mi producto o servicio a los consumidores
-
Promoción:
Se refiere a todas las medidas que puedo tomar para dar a conocer mi servicio a
los consumidores. Dentro de la promoción es especialmente relevante la
publicidad.
ü Plan
de recursos humanos: En este documento se debe definir los puestos
de trabajo que va a haber en mi empresa y el perfil de
las personas que van ocupar esos puestos.
ü Plan
económico-FINANCIERO Es un documento en el que se va establecer la
tesorería mínima precisa (cuánto dinero líquido necesito para mi financiación),
el fondo de maniobra adecuado (capital que se va a mover en el corto plazo
menos de un año) una previsión de resultados económicos y de ingreso y gastos
del siguiente ejercicio.
3.
TRAMITES DE PUESTA EN MARCHA DE UNA EMPRESA
3. 1. TRAMITES
RELACIONADOS CON LA ADOPCION DE LA PERSONALIDAD JURIDICA
ü
Certificación
negativa de nombre: Es la comprobación y posterior acreditación de que el
nombre elegido para la sociedad no coincide con el de ninguna otra jurídica ya registrada.
Se remite un empresa que existe por tal efecto al registro mercantil central al
que se indica cual es el nombre elegido y otras dos opciones por orden de
preferencia por si el elegido, ya estuviera ocupado.
ü
Calificación
de las sociedades laborales: Este trámite solo es obligatorio para las
sociedades laborales y cooperativos y consiste en certificar que nuestro
proyecto de estatus se ajusta a lo que indica la ley de sociedad laborales es
la ley de sociedades cooperativas. Es un trámite que se realiza en la oficina
de la delegación provincial de la administración autonómica del departamento de
trabajo.
ü
Escritura
pública de constitución: Es un documento público en el que los promotores
de una empresa expresan su voluntad de constituir una sociedad. Debe contener
la identificación de los promotores, el objetivo social y el texto de los estatutos.
El requisito de la pública se cumple porque se otorga escritura pública ante notario, por lo tanto es un
trámite que se gestiona en una notaría.
ü
Liquidación
del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD):
Es un impuesto indirecto que graba las transmisiones patrimoniales, las
operaciones societarias y los actos jurídicos documentados. La constitución de
una sociedad como hemos visto en el tramite anterior, es un acto jurídico documentado,
por lo tanto se debe pagar este impuesto. Se debe pagar ante la delegación
provincial de hacienda un 1% del capital de la sociedad que se quiere
constituir.
ü
Solicitud
de código de identificación fiscal (CIF): Es una convicción de una letra y
ocho cifras que identifica a las sociedades a efectos fiscales (la letra A
indica que tipo de sociedad, la letra B sociedades limitadas, las dos primeras
cifras indican la provincia).Se solicitan en la delegación provincial de la
agencia tributaria en un plazo de 30 hábiles desde el otorgamiento de la
escritura de constitución.
ü
Inscripción
en el registro correspondiente: Es el acto de publicidad legal de la
personalidad jurídica de la sociedad. Las sociedades mercantiles se inscriben
en el registro mercantil provincial; las sociedades laborales en el registro de
sociedades laborales de la comunidad autónoma y las cooperativas en el
registro general de cooperativas.
3. 2. TRAMITES
GENERALES DE PUESTA EN MARCHA
trámites Ante la agencia tributaria
-
Alta en el impuesto de actividad económica
(IAE): Es un tributo local que graba el ejercicio de actividades
empresariales y profesionales. Se debe de realizar diez días antes del comienzo
de la actividad.
-
Declaración
censal: Es la declaración para formar parte del censo de empresas. También
se debe de realizar en caso de la modificación de la actividad o del cese.
-
Presentación
de los libros de contabilidad: Lo tiene que realizar solamente los
profesionales y los empresarios individuos en régimen de estimación directa de
IVA. Actualmente no es necesario presentar libros, basta con presentar un
impreso facilitado por la agencia tributaria.
trámites Ante el ayuntamiento
-
Licencia
de actividades e instituciones (Licencia de apertura): Se concede una vez
que se demuestra que las instalaciones se ajustan a la normativa urbanística y
que se cumple con los requisitos de seguridad e higiene. Se debe presentar una
maniobra descriptiva de las actividades previstas, planos del local,
fotografías de la ubicación del local y presupuesto de la reforma del local.
-
Licencia
de obras: Cualquier reforma o modificación que se realice en un inmueble
urbano implica solicitar ante el ayuntamiento
una licencia de obras. Se solicita, los ayuntamientos emiten una
licencia provisional que habilita para iniciar inmediatamente las obras, la licencia,
definitiva suele atrasarse bastante.
-
Alta en
los servicios de aguas y basura: Es un trámite necesario previo a la
conexión a la red pública de agua conveniente. Se gestiona en el servicio
municipal de agua y ya en el mismo trámite se realiza el alto en la recogida de
basuras.
-
Cambio de
titularidad o actividad: En el caso de recibir por traspaso una actividad ya en marcha o si después de
seis meses de comenzar una actividad, deseamos cambiarla podremos hacerlo comunicándoselo
al ayuntamiento mediante ese trámite .La actividad tiene que comenzar a
funcionar en un plazo de seis meses desde que se solicita el cambio.
trámites Ante la tesorería general de la SEGURIDAD SOCIAL
-
Inscripción
de la empresa en la seguridad social: Toda empresa que tenga pensado tener
a trabajadores contratados debe inscribirse en la seguridad social como contratante.
Este trámite se debe realizar antes del inicio de la actividad y en todas las
provincias en las que tengamos centros de trabajo con personal contratado...
-
Alta en
el régimen especial de trabajadores autónomos(RETA):Los empresarios individuales,
los socios trabajadores de cualquier forma societaria deben darse de alta en el
RETA
-
Alta de
trabajadores en el régimen general: Los empresarios tienen la obligación
legal de dar de alta a sus trabajadores para que estos estén cubiertos por las
distintas contingencias. En caso de que sea el primer empleo se debe realizar
la afiliación, que es el proceso de adhesión al sistema de la seguridad social.
Se realiza una vez y es válido para toda la vida.
trámites Ante la delegación provincial de trabajo
-
Comunicación
de apertura de un centro de trabajo: Es la notificación obligatoria que el
empresario debe hacer a las autoridades laborales anunciándoles la apertura de
un centro de trabajo .Se debe realizar en un plazo de 30 días desde dicha
apertura y además es necesario presentar el libreo de visitas ara que sea
sellado.